TRES PUNTOS MÁS SOBRE LOS ORDINARIATOS PARA EX-ANGLICANOS


Caramba, ya me estoy acostumbrando a esto del "horario globalizado". ¿Será que yo mismo apago mi alarma? ¿Ahora resulta que soy sonámbulo? En fin... este es el artículo del "miércoles".


A ver, algunas particularidades de estos nuevos ordinariatos. ¿Nuevos qué? Sí, bueno, este artículo está en continuidad con el anterior.


1. Si vas a Misa a un templo católico que esté bajo la jurisdicción de uno de estos ordinariatos, ¿será lo mismo que si vas a Misa en cualquier otro templo católico?

Sí y no. El sentido es el mismo. El sacramento es el mismo. Pero el rito no necesariamente será el mismo, ya que tendrán permiso de usar las tradiciones litúrgicas anglicanas. ¿Y eso no introduce una división en la Iglesia? Pues no. De hecho, como ya mencioné hace dos artículos, existe diversidad litúrgica en la unidad del Misterio. Bueno, no lo dije con estas palabras, de pronto me puse más técnico; pero la idea es que se celebra lo mismo de otra forma. Aquí en Perú, como en la mayoría de países, solo existe el rito romano, por lo que suena bastante raro. Pero en no pocos países, coexisten diferentes ritos litúrgicos. Por ejemplo, en el Líbano, se celebra la liturgia en SEIS ritos distintos: maronita, sirio, armenio, melquita, caldeo... y romano. Y hay otros más en otros países...

Una acotación: aunque puse la Misa de ejemplo, los ritos se refieren a las celebraciones litúrgicas en general (sacramentos, Liturgia de las Horas, etc.).


2. Si soy un ex-anglicano viviendo en el territorio de una diócesis determinada, ¿a quién le hago caso? ¿Al obispo del ordinariato o al obispo de la diócesis?

A los dos, que trabajan en coordinación. El obispo del ordinariato será igualmente nombrado por el Papa, para ejercer su potestad en nombre del Papa ante todos los miembros del ordinariato. Y puede ser que un obispo ex-anglicano sea designado para esto, evidentemente. Tanto los obispos, como los presbíteros (los sacerdotes "típicos") y los diáconos (en su gran mayoría, una especie de "pre"-sacerdotes) ex-anglicanos, pueden ser aceptados como obispos, sacerdotes y diáconos católicos, siempre y cuando cumplan con las normas del Derecho canónico en cuanto a requisitos e impedimentos, claro está. Y se formarán junto con los seminaristas y estarán en comunión con los sacerdotes de la diócesis y se les tratará jurídicamente igual que a los que empezaron su sacerdocio como católicos.


3. ¡Pero los sacerdotes anglicanos se casan!

Tatáaan... pues si ya se ordenó y ya se casó, se analizará caso por caso y se les podrá admitir como sacerdotes casados. Pero si un sacerdote soltero se hace católico, asume el celibato. Y si un laico casado quiere ser sacerdote, pues no. A lo mucho será diácono permanente, como ya sucede en la Iglesia católica.

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